Políticas de privacidad
ESTE AVISO DESCRIBE CÓMO SE PODRÍA USAR Y DIVULGAR SU INFORMACIÓN MÉDICA Y CÓMO USTED PUEDE TENER ACCESO A ESTA INFORMACIÓN. REVÍSELO ATENTAMENTE.
USO Y DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN MÉDICA
Hospice of Santa Cruz County (“Hospice”) puede usar su información médica con el fin de proporcionar tratamiento, obtener el pago por su cuidado y para la provisión de servicios médicos. Hospice ha establecido políticas para evitar el uso innecesario y la divulgación de su información médica protegida.
El siguiente es un resumen de las circunstancias y los fines para los que su información médica puede ser usada y divulgada.
Para proporcionar tratamiento: Hospice puede usar su información médica para la coordinación interna y con otros involucrados en su cuidado, como su médico a cargo, los miembros del equipo interdisciplinario y otros profesionales de la salud que hayan acordado prestarle asistencia a Hospice en la coordinación del cuidado médico. Por ejemplo, los médicos involucrados en su cuidado necesitarán información acerca de sus síntomas para recetar los medicamentos adecuados. Hospice también podría divulgar su información médica a personas externas involucradas en su cuidado incluyendo ciertos miembros de su familia, farmacéuticos, proveedores de equipos médicos u otros profesionales de la salud.
Para obtener pago: Hospice puede usar y divulgar su información médica a otros proveedores para que puedan facturar y cobrar los pagos por el tratamiento y los servicios que le proporcionaron. Por ejemplo, su compañía de seguro médico podría solicitar información sobre su estado de salud para que esta reembolse a Hospice. Su compañía de seguro también podría requerir que se obtenga aprobación previa, y pedir una explicación sobre la necesidad de la atención de hospice y de los servicios que se proporcionarán.
Para la operación de servicios médicos: Hospice puede utilizar y divulgar información médica para sus propias operaciones con el fin de facilitar su función y cuando sea necesario para proporcionarle una atención de calidad a todos sus pacientes. Las operaciones de servicios médicos incluyen actividades tales como:
- Evaluación de calidad y actividades de mejoramiento.
- Actividades diseñadas para mejorar la salud o reducir los costos de atención médica.
- Desarrollo de protocolos, administración de casos y coordinación del cuidado.
- Evaluación y revisión del desempeño profesional.
- Programas de capacitación, incluyendo aquellos en los que estudiantes, aprendices o profesionales en el cuidado de la salud aprenden bajo supervisión.
- Capacitación de profesionales no relacionados con el cuidado de la salud.
- Actividades de acreditación, certificación, concesión de licencias o credenciales.
- Revisión y auditoría, incluyendo revisiones de cumplimiento, revisiones médicas, servicios legales y programas de cumplimiento.
- Planificación empresarial y desarrollo, incluyendo gestión de costos, planificación de análisis relacionados y desarrollo de formularios.
- Gestión empresarial y actividades administrativas generales de Hospice.
- Resolución de quejas dentro de Hospice
- Cumplimiento de este aviso y de las leyes aplicables
- Recaudación de fondos para el beneficio de Hospice
Por ejemplo, Hospice puede usar su información médica para evaluar el desempeño del personal, combinar su información médica con la de otros pacientes para evaluar cómo prestar un servicio más eficaz, divulgar su información médica al personal de Hospice y al personal contratado con fines de capacitación, para contactarle y recordarle sobre una visita o como parte de la recaudación de fondos en general y del envío de información de la comunidad (a menos que usted nos diga que no desea ser contactado).
Para recordatorios de citas: Hospice puede usar y / o divulgar su información médica para contactarle y recordarle que tiene cita para una visita en su casa. Le podemos contactar a través de diversos medios (por ejemplo, teléfono, máquina contestadora o correo electrónico).
Para alternativas de tratamiento: Hospice puede usar o divulgar su información médica para informarle o recomendarle posibles opciones o alternativas de tratamiento que puedan ser de su interés.
Para actividades de recaudación de fondos: Cierta información acerca de usted (por ejemplo, nombre, dirección, número de teléfono, fechas en que recibió atención) se puede utilizar para ponernos en contacto con usted o su familia con el fin de recaudar fondos para Hospice. Si usted o su familia no desean ser contactados, por favor notifique a la Oficina de Privacidad de Hospice en la dirección indicada a continuación y solicite que su información sea eliminada de nuestra lista de contacto. Su solicitud puede incluir la eliminación de su información de una campaña específica o de todas las campañas de recaudación de fondos. Su decisión de no ser contactado no afectará su tratamiento o el pago que debe hacer; y usted tiene derecho a cambiar su decisión en cualquier momento y ser añadido de nuevo a la lista de contactos.
Para asociados comerciales: Hay algunos servicios proporcionados en nuestra organización a través de contratos con asociados comerciales. Por ejemplo, podemos usar un servicio para hacer copias de su expediente médico. Cuando contratamos a empresas para llevar a cabo estos servicios, podemos divulgar su información médica para que puedan realizar el trabajo que les hemos pedido. Sin embargo, para proteger su información, le requerimos al asociado comercial salvaguardar apropiadamente su información médica protegida.
Para los individuos involucrados en su cuidado o en el pago de su cuidado: Hospice puede divulgar su información médica a un familiar u otra persona identificada por usted que esté involucrado en su cuidado o en el pago de su cuidado. Podemos decirle a su familia o amigos sobre su estado de salud. Además, podemos divulgar su información médica a una entidad de socorro de desastres para que su familia pueda ser notificada sobre su condición y ubicación. Si no desea que su información sea divulgada a las personas involucradas en su cuidado, por favor notifique a la Oficina de Privacidad de Hospice a la dirección postal indicada a continuación. Tras la muerte de una persona, podemos seguir divulgando cierta información médica a la familia, amigos y otras personas que estuvieron involucradas en el cuidado o en el pago del cuidado. Además, el uso y divulgación de la información médica de una persona sólo se limita a un período de 50 años después de su muerte.
Las reglas federales de privacidad le permiten a la agencia usar o divulgar su información médica sin su consentimiento o autorización en ciertas circunstancias especiales.
Cuando lo exija la ley: Hospice divulgará su información médica cuando tenga la obligación legal de hacerlo por ley federal, estatal o local.
Cuando existan riesgos para la salud pública: Hospice puede divulgar su información médica para actividades y propósitos públicos con el fin de:
- Prevenir o controlar enfermedades, lesiones o discapacidad, reportar enfermedades, acontecimientos vitales tales como nacimiento o muerte y realizar vigilancia de la salud pública, investigaciones e intervenciones.
- Reportar eventos adversos, defectos en productos, auxiliar en el seguimiento o retiro de productos, reparaciones, reemplazos, llevar a cabo vigilancia posterior a la comercialización y cumplimiento de los requisitos de la Administración de Medicamentos y Alimentos.
- Notificar a una persona que ha estado expuesta a una enfermedad contagiosa o que pueden estar en riesgo de contraer o propagar una enfermedad.
- Notificar a un empleador sobre un individuo que es miembro de su fuerza laboral, como lo requiere la ley
Para reportar abuso, negligencia o violencia en el hogar: Se le permite a Hospice notificar a las autoridades gubernamentales si cree que un paciente ha sido víctima de abuso, negligencia o violencia en el hogar. Hospice hará esta divulgación cuando sea específicamente requerido o autorizado por ley o cuando el paciente está de acuerdo con la divulgación.
Para realizar actividades de supervisión de salud: Hospice puede divulgar su información médica a una agencia de supervisión de salud para actividades que incluyen auditorías, administración pública, investigaciones criminales, inspecciones, licencias o medidas disciplinarias. Hospice, sin embargo, no puede divulgar su información médica si usted está sujeto a una investigación y si su información médica no se relaciona directamente con la obtención de servicios de salud o beneficios públicos.
En relación con los procedimientos judiciales y administrativos: Hospice puede divulgar su información médica en el curso de cualquier procedimiento judicial o administrativo en respuesta a una orden de la corte o tribunal administrativo autorizado por tal orden o en respuesta a una citación, solicitud de descubrimiento u otro proceso legal, pero sólo cuando Hospice haga esfuerzos razonables para notificarle sobre la solicitud o para obtener una orden que proteja su información médica.
Para fines policiales: Según lo permitido o solicitado por la ley estatal, Hospice puede divulgar su información médica a un agente de la policía para los siguientes fines:
- Como es requerido por ley para reportar ciertos tipos de heridas u otras lesiones físicas conforme a una orden judicial, citación, emplazamiento o un proceso similar.
- Con el fin de identificar o localizar a un sospechoso, fugitivo, testigo material o persona desaparecida.
- Bajo ciertas circunstancias limitadas, cuando usted es víctima de un crimen.
- Si Hospice tiene la sospecha de que su muerte fue el resultado de una conducta criminal, incluyendo un delito dentro de Hospice.
- En caso de emergencia para reportar un crimen.
Para demandas y disputas: Si usted está involucrado en una demanda o disputa, podemos divulgar su información médica en respuesta a una orden judicial o administrativa. También podemos divulgar su información médica en respuesta a una citación, solicitud de descubrimiento u otro proceso legal por otra persona involucrada en la disputa.
Para forenses y examinadores médicos: Hospice puede divulgar su información médica a forenses y examinadores médicos para determinar la causa de su muerte o para otras tareas, según lo autorizado por la ley.
Para directores funerarios: Hospice puede divulgar su información médica a directores funerarios según lo indique la ley y si es necesario para llevar a cabo funciones con respecto a sus arreglos funerarios. Si es necesario para llevar a cabo funciones funerarias, Hospice puede divulgar su información médica antes de su fallecimiento.
Facilitar la solicitud del paciente para la donación de órganos, ojos o tejidos: Hospice puede usar o divulgar su información médica a organizaciones de adquisición de órganos u otras entidades dedicadas a la obtención, almacenamiento o trasplante de órganos, ojos o tejidos con el fin de facilitar la donación y el trasplante.
Para fines investigativos: Bajo ciertas circunstancias, su información médica puede ser usada o divulgada para fines investigativos. Antes de que Hospice divulgue su información médica para tales fines, el proyecto se someterá a un extenso proceso de aprobación. Podemos, sin embargo, utilizar su información médica en la preparación de un proyecto investigativo, por ejemplo, buscar pacientes con necesidades específicas, siempre y cuando la información médica evaluada no salga de nuestra institución.
En caso de una amenaza grave a la salud o a la seguridad: De conformidad con la legislación aplicable y con las normas éticas de conducta, Hospice puede divulgar su información médica si de buena fe considera que dicha divulgación es necesaria para prevenir o disminuir una seria e inminente amenaza para su salud y seguridad o para la salud y seguridad pública.
Para funciones gubernamentales específicas: En ciertas circunstancias, las regulaciones federales autorizan a Hospice que use o divulgue su información médica con el fin de facilitar funciones gubernamentales específicas relacionadas con el personal militar y veteranos del ejército, la seguridad nacional y las actividades de inteligencia, los servicios de protección del Presidente y otros, determinaciones médicas para presos y aquellos bajo custodia policial.
Para compensación de trabajadores: Hospice puede divulgar su información médica para la compensación de trabajadores o programas similares.
AUTORIZACIÓN PARA USAR O DIVULGAR INFORMACIÓN MÉDICA
Aparte de lo indicado anteriormente, Hospice no divulgará información médica con excepción de su autorización por escrito. Si usted o su representante autorizan a Hospice usar o divulgar su información médica, puede revocar dicha autorización por escrito en cualquier momento. Si usted revoca el permiso, Hospice no utilizará o divulgará más su información por las razones expresadas en la autorización escrita. Hospice no podrá retirar las divulgaciones ya hechas con su permiso. Hospice está obligado a llevar un registro de los servicios proporcionados a usted. Los casos específicos que requieren autorización por escrito son:
Mercadeo: Una autorización previa es necesaria para poder utilizar su información médica para fines de mercadeo. Si Hospice va a recibir remuneración en relación con este mercadeo, debe informarle esto como parte del proceso de autorización.
Venta de información médica: La venta de su información médica está permitida para ciertos propósitos. Se requiere autorización previa para poder vender su información médica. Si Hospice va a recibir una remuneración en relación con la venta de dicha información, debe informarle de esto como parte del proceso de autorización.
Investigación: Para fines investigativos, ciertos usos de su información médica anónima están permitidos sin su autorización. En los casos en los que el uso no permita eliminar la identificación, se requiere su autorización. Existen reglas estrictas para regular ese uso.
SUS DERECHOS CON RESPECTO A SU INFORMACIÓN MÉDICA
Usted tiene los siguientes derechos respecto a la información médica registrada en Hospice:
Derecho a solicitar restricciones: Usted puede solicitar restricciones para ciertos usos y divulgación de su información médica. Usted tiene derecho a solicitar que se limite la divulgación de su información por parte de Hospice a alguien que no esté involucrado en su cuidado o en el pago del mismo. Sin embargo, Hospice no está obligado a aceptar su solicitud en todos los casos. Usted puede hacer una solicitud y Hospice debe cumplir con la petición de restringir la divulgación de su información médica a su plan de salud cuando se haya pagado por el tratamiento totalmente de su propio bolsillo. Sin embargo, hay condiciones y excepciones. Si desea hacer una solicitud de restricción, por favor póngase en contacto con la Oficina de Privacidad de Hospice para obtener un formulario de solicitud por escrito.
Derecho a recibir comunicación confidencial: Usted tiene el derecho a solicitar que Hospice se comunique con usted de una manera determinada. Por ejemplo, puede pedir que Hospice sólo se comunique con usted en privado sobre su información médica, sin otros miembros de la familia presentes. Si desea recibir comunicación confidencial, comuníquese con la Oficina de Privacidad de Hospice. Hospice no le pedirá que proporcione las razones de su solicitud y respetará su deseo de comunicación confidencial.
Derecho a inspeccionar y copiar su información médica: Usted tiene derecho a inspeccionar o recibir una copia de su información médica. Si usted solicita una copia electrónica de su expediente, Hospice le proporcionará una copia de la parte de su expediente que ha sido guardado electrónicamente en la forma o formato que usted solicite y si es fácilmente producible. Cualquier parte de su expediente que no tengamos electrónicamente se le proporcionará en papel. Usted nos puede solicitar “transmitir” electrónicamente su información médica a un tercero, siempre que el tercero esté claramente identificado, junto con el modo deseado de la entrega.
Una solicitud de inspeccionar o recibir una copia de los expedientes que contienen su información médica debe hacerse por escrito a la Oficina de Privacidad de Hospice. Si usted solicita una copia de la información, Hospice puede cobrar por el costo de copiar, envío, medios electrónicos u otros materiales relacionados con su solicitud. Hospice responderá en un plazo de 15 días de recibir su solicitud por escrito. Hay ciertas situaciones en las que Hospice no está obligado a acceder a su solicitud. En estas circunstancias, Hospice responderá por escrito explicando por qué no se concederá su solicitud y describiendo los derechos que tiene de solicitar una revisión de la denegación.
Derecho a corregir información médica: Usted o su representante tiene el derecho de solicitar que Hospice modifique su expediente si usted cree que su información médica es incorrecta o está incompleta. Esto se podrá hacer siempre y cuando la información esté registrada en Hospice. Una solicitud para corregir los expedientes se debe presentar por escrito en la Oficina de Privacidad de Hospice. Hospice puede negar la petición si no está por escrito o no se incluye una razón para dicha corrección. La solicitud también puede ser negada si su expediente médico no fue creado por Hospice, si los registros que está solicitando no son parte de nuestra agencia, si la información médica que desea corregir no es parte de la información que usted o su representante está autorizado a inspeccionar y copiar, o si según la opinión de Hospice, los expedientes que contienen su información médica son exactos y están completos.
Derecho a un informe de divulgaciones: Usted tiene derecho a recibir una lista escrita de las divulgaciones que Hospice ha hecho de su información médica protegida. Puede solicitar información divulgada hasta seis (6) años antes de su solicitud. Hospice está obligado a proporcionar una lista de todas las divulgaciones con las siguientes excepciones:
- Para tratamiento.
- Para facturación y cobro de pago por su tratamiento.
- Para operaciones de servicios médicos de Hospice.
- Las divulgaciones que ocurren como un subproducto de los usos y divulgaciones permitidas.
- Las divulgaciones hechas o solicitadas por usted o que usted autorizó.
- Las divulgaciones hechas a personas involucradas en su cuidado, o con fines de socorro de desastres.
- Cuando la ley permita el uso y / o divulgación relacionada con ciertas funciones gubernamentales especializadas o relacionada con instituciones correccionales y otras situaciones de custodia policial.
- Como parte de un conjunto limitado de datos que no contienen cierta información que pudiera identificarle.
La lista incluirá la fecha de la divulgación, el nombre (y dirección, si está disponible) de la persona u organización que recibe la información, una breve descripción de la información divulgada y su propósito. Para solicitar esta lista o un informe de divulgaciones, debe presentar su solicitud con el formulario correspondiente que se puede obtener en la Oficina de Privacidad de Hospice en la dirección indicada a continuación.
Derecho a recibir una copia impresa de este aviso: Usted o su representante tienen derecho a una copia adicional de este aviso en cualquier momento, incluso si ha recibido este aviso previamente. Para obtener una copia adicional, comuníquese con la Oficina de Privacidad de Hospice. El paciente o el representante del paciente también puede obtener una copia de la versión actual del Aviso de Prácticas de Privacidad en nuestro sitio web: es.hospicesantacruz.org.
DEBERES DE HOSPICE
Hospice está obligado por ley a preservar la privacidad de su información médica y proporcionarle a usted o a su representante el aviso de sus obligaciones y prácticas de privacidad. Hospice está obligado a cumplir con los términos de este aviso, el cual puede ser enmendado de vez en cuando. Hospice se reserva el derecho de modificar los términos de este aviso y de hacer que las nuevas provisiones sean efectivas para toda la información médica registrada. Si Hospice cambia este aviso, deberá proporcionarle a usted o a su representante designado una copia del nuevo aviso. Usted o su representante tienen derecho a expresar sus quejas ante Hospice y ante el Secretario de DHHS si creen que su derecho de privacidad ha sido violado. Cualquier queja ante Hospice debe hacerse por escrito en la Oficina de Privacidad. Hospice le recomienda expresar cualquier preocupación que tenga con respecto a la privacidad de su información. No se tomará ninguna represalia por presentar una queja.
PERSONA DE CONTACTO
Hospice ha designado a la Oficial de Privacidad como su persona de contacto para todas las cuestiones relativas a la privacidad y los derechos del paciente en virtud de las normas federales de privacidad.
FECHA DE VIGENCIA
Este aviso se hace efectivo el 23 de septiembre del 2013
Si tiene preguntas sobre nuestra política de privacidad, comuníquese con nosotros. Estamos encantados de hablar con usted.